EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.344 /2000.-

ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a
abonar a la Dra. María Alejandra Laius DNI.21.715.692, las sumas que se
devenguen por delegación de funciones de Extraña Jurisdicción del Partido de
Chacabuco, de tareas de la Asesoría Letrada Municipal, siempre, que para ello
observe las formas previstas por la Ley Orgánica Municipal (Art. 108°, inciso
14 y 157 y ccs. de la misma) determinándose a los citados como gastos
especiales (Art. 32° L.O.M. Y 161 bis del Reglamento de Contabilidad
vigente.———————————————–

 

ARTICULO 2°: Derógase la Ordenanza
1.849/97.——————————

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL.-