2607

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A Nro. 2.607/2001

ARTICULO 1°: Autorízase a Músicos Unidos de
Chacabuco, al uso del espacio público de la calle Reconquista entre San Martín
y Pueyrredón y cuarenta metros sobre la calle Pueyrredón entre Reconquista y
San Juan. Se extiende la autorización para los días 9, 10 y 11 de Marzo del
2001 desde las 15:00 hs. y hasta las 03:00 hs. del día siguiente. Motiva la
solicitud, realizar el VIII Festival de Tango y
Folklore.—————————————————–

ARTICULO 2°: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal, con el fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollarse en dicho espacio
público.———

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL UNO.-