EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 3.730/05

 

ARTICULO 1º: Autorízase la colocación de reductores
de velocidad en parte de la ———————ruta asignada por Ordenanza nº
424/86 a la empresa "Molino Chacabuco S.A", las siguientes aceras: a).-Italia
intersección Mitre, b).-Italia intersección Cervantes, c).-Cervantes
Intersección Sarmiento, d).-Sarmiento Intersección Mitre, de la ciudad de
Chacabuco.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través de la
Secretaria de Obras y ———————Servicios Públicos definirá la forma,
dimensión y calidad del material de los reductores de velocidad, siendo a cargo
de la Empresa "Molino Chacabuco S.A.", el gasto que demanda la adquisición y
colocación.

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-

EXPTE NRO. 8.738/04