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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO,

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 3.765/05

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El Dr. Arturo Frondizi fue Presidente Constitucional durante
el período 1958-1962, cumpliéndose este año el cuadragésimo aniversario de su
derrocamiento.

Recordar a los Presidentes Constitucionales es sumamente
valioso para los países, porque de esa manera se exaltan y fortalecen sus
instituciones democráticas, y lo es en el caso particular del Dr. Arturo
Frondizi cuya dimensión de estadística ha sido reconocida por todos los sectores
y partidos políticos de la vida nacional.

El Dr. Frondizi accede a la Presencia Republica en
circunstancias muy difíciles, con sectores proscriptos y con severas antinomias
y enfrentamiento entre los sectores políticos después del golpe de estado de
1.955.. Con su triunfo electoral se reestablece la vigencia de la Constitución
Nacional.

El Dr. Arturo Frondizi propuso superar enfrentamientos del
pasado y abrazaba ideas favorables al desarrollo nacional, accedió al gobierno
y, pese a las dificultades que vivía el país, sobre todo por los frecuentes
intentos de golpe de estado militar, pudo concretar una importante obra de
gobierno.

Vivió, después del derrocamiento, comprometido con el destino
del país, exhibiendo una trayectoria limpia y honesta. Terminó sus días con la
austeridad con que siempre había vivido.-

Fue una figura que prestigia a la política Argentina y a la
institución presidencial y por ello merece ser permanente recordado.

Por ello; RESUELVE

ARTICULO 1º: Denomínase Avenida "PRESIDENTE DR.
ARTURO FRONDIZI"
, a la actual Av. Colón ——————— desde la Av.
Garay hasta su empalme con la Ruta Provincial Nº 42.

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal
procederá a la señalización correspondiente.-

———————

ARTICULO 3º: Manténgase la actual numeración
domiciliaria.-

———————

ARTICULO 4º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-