EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.534/07

 

ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública la
expropiación del inmueble ubicado en ———————- Avenida Alsina y
calle San Martín de nuestra ciudad, cuyos datos Catastrales son:
Circunscripción I, Sección A, Manzana 54, Parcela 20, Partida Inmobiliaria
Nro. 06124 del ejido de Chacabuco.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL SIETE.-

 

EXPTE NRO. 10.230/07