EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANT DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

O R D E N A N Z A NRO 4795/09.-

 

ARTICULO 1º: Autorízase la construcción en el
inmueble designado catastralmente ———————- como:
Circunscripción I, Sección J, Manzana 665 B, Parcela 21 Partida Inmobiliaria
25624
, de esta ciudad; conforme plano suscripto por el Ingeniero Roberto
Quereta Matricula 43254; según Expte Administrativo Nº 4029- 1400/08, que
forma parte de la presente ordenanza, con Excepción a los Indicadores
Urbanísticos.-

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase .-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL NUEVE.-

.

Expte Nro.10.610/09