EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS FACULTADES Y<br /> ATRIBUCIONES

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

ORDENANZA Nº 4976/09.-

ARTICULO 1º: Autorízase al Uso del Espacio Publico en
"Plaza 5 de Agosto", a los Sres. ——————– Mario Bergaglio y
Claudio Villaruel con motivo de la realizar "IV Festival de la Movida
Tropical"
los días 4, 5, y 6 de Diciembre del año 2009 respetando los
horarios que el Art. Nº 2 se detallan.-

ARTICULO 2º: El día 4, hasta la 1:00 horas del día
5.-

El día 5, hasta la 2:00 horas del día 6.-

El día 6, hasta la 1:00 horas del día 7.-

ARTICULO 3º: Es responsabilidad y obligación de los
organizadores, contar durante dicho Festival con Seguro de Espectadores y demás
personas involucradas en el mismo, también deberá contar con 4 Baños Químicos
por los menos.-

ARTICULO 4º: Será responsabilidad de los Peticionante
ante cualquier accidente o inconveniente que pueda surgir durante el Festival.-

 

ARTICULO 5º: Dicho espacio publico será otorgada por
este Concejo Deliberante previo pago de las Tasas Municipales correspondientes.-

ARTICULO 6º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

———————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
NUEVE.-

Expte. Nro. 10.931/09.-