EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA;
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5444/11

ARTICULO 1º: Autorizase a "Cooperativa
Eléctrica de Chacabuco Limitada"
(Sector ——————— Distribución
de Energía Eléctrica), el uso del Espacio Público para la Construcción de un
Centro de Transformación en Calle San Martín Nº 157, con motivo de poder
reforzar las Instalaciones de una mayor potencia por el incremento de energía
por esa zona.

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

———————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIA DEL MES DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL ONCE.

EXPTE. Nº 11.833/11.