EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6384/14

 

Artículo 1º: Condónese la deuda por tasas municipales del año 2002, al inmueble ubicado en  la ciudad Chacabuco (B), identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 30, Parcela 16- a, Partida Inmobiliaria Nº: 760900-0.-

 

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.- 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE

 

Expediente Nº 10.363/08.-