EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N ZA  Nº  6.783/16

 ARTICULO 1º:  Prorróguese hasta el día 30 de Junio de 2016, el beneficio del 9% adicional para el pago anticipado anual de las Tasas de Servicios Generales Urbanos y Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, establecido en el Articulo 60 de la Ordenanza Impositiva 2016 Nº 6756.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

Expediente 14.833/16.-