EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A  Nº  6851/16.

ARTICULO 1º:Autorizase al propietario de la vivienda, ubicada en Mitre 71, para el uso del Espacio Público para la colocación de Discos y pintado de cordón destinado a la Prohibición de Estacionamiento en el frente de la mencionada propiedad.-

ARTÍCULO 2°: Dicho espacio público quedara autorizado sin cargo para el propietario, ya que el mismo cuenta con el correspondiente certificado de discapacidad. De acuerdo a lo indicado en la ley 24314 de Protección Integral de los Discapacitados «El Municipio debe reservar un lugar frente al domicilio del discapacitado, o a metros, para estacionar el auto.», sin costo alguno para el solicitante.-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.-

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

Expte. 14.942/16.