EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 7600/18

ARTÍCULO 1º: Convalídese la Addenda, con relación al Contrato de Comodato, suscripto con fecha 13 de mayo de 1994, entre la Sociedad Rural de Chacabuco y la Municipalidad, sobre una parte del inmueble sito en calle Alvear N° 60 de la ciudad de Chacabuco (B), donde tiene asiento la Oficina de Guías Municipales.

ARTÍCULO 2º: Autorícese la afectación de fondos de futuros ejercicios. –

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

 

EXPTE. Nº 16.368/18.