EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 7613/18

 

ARTÍCULO 1º: Convalídese Contrato, suscripto el día 25 de junio de 2018, entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por su Intendente, Dr. Víctor Reynaldo Aiola y la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda., representada por su Presidente, y su Secretario, Dres. Héctor R. Ciminelli y Marcos G. Peralta, por servicio de mantenimiento, en todas las instalaciones de la vía pública, en las que se preste servicio de Alumbrado Público, en la ciudad de Chacabuco, y las localidades de Rawson, Castilla y O`Higgins.

ARTICULO 2º: Reconózcase la deuda que la Municipalidad de Chacabuco, mantiene con la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda., por el período comprendido entre el 1 de agosto de 2017 y 31 de diciembre de 2017, por la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000).

ARTÍCULO 3º: Autorizase la afectación de fondos a futuros ejercicios. –

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

 

Expte. Departamento Ejecutivo 4029-1665/18

Expte. HCD Nº 16.485/18.