EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7766/18

ARTICULO 1º: Condónese a Club Atlético Porteño, Entidad de Bien Público Nº 3622, Decreto Municipal Nº 1270/80, Personería Jurídica Nº 4490, la deuda que mantiene por tasas municipales de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Publica, respecto a las cuotas comprendidas entre los meses de julio de 2004 inclusive, hasta octubre de 2018 inclusive, correspondiente al inmueble ubicado en calle San Juan Nº 22, de la ciudad de Chacabuco (B), Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc: A, Manz. 33, Parc. 14, Partidas: 7348.-

 

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

 

EXPTE. Nº 16.677/18.