EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7.957/19

 

ARTICULO 1º: Autorizase la Excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 7494/18 solicitada por el Sr. Ariel Gagliano, titular de la empresa DON YEYO S.A. en el marco del Expte. N° 4029-1340/2019 del DE Municipal, para el uso y ocupación de la totalidad del suelo, que integra el lote designado en catastralmente como: Circ: I, Sección: F, Quinta: 448, Maz.: 448-d, Parcela: 7-a, ubicado en Acceso Hipólito Yrigoyen entre avenida Solís y calle Falucho de la ciudad de Chacabuco (B).

 

ARTICULO 2º: La presente excepción se confiere, sobre la base de los argumentos que esgrime el Sr. Gagliano en su presentación, reparándose en la necesidad de incrementar la capacidad productiva, y para ello, la instalación de maquinas y equipos que por su dimensión requieren una ampliación edilicia, generando en forma directa un incremento en bacantes de puestos de trabajo en nuestra comunidad. En compensación a toda la comunidad, por el exceso de F.O.S. a utilizar la empresa, se hace cargo del mantenimiento de la plazoleta vecina junto con otro espacio y verde publico a designar, durante el tiempo que dure el uso del exceso de ocupación de suelo.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

 

EXPTE. Nº 17.098/19