EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.004/16.

 

ARTICULO 1º:Autorizase a la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción, Darío H. Lazcoz  (DNI 17.378.362), el Uso del Espacio Público y corte de calle Deán Funes entre Av. Elguea Román y Córdoba de la ciudad de Chacabuco (B), el día 22 de diciembre de 2016, en el horario de 19:00 a 23:00. Motivo: Pesebre Viviente.-

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar escenario, carpas, mesas, sillas  y equipo de sonido.-

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes  que pudieran surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas,  única y exclusivamente por los solicitantes.-

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música  y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

ARTICULO  6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

ARTICULO  7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.   

 

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