EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.061/16.

 

ARTICULO 1º:Autorizase a la Asociación Miguel Máximo Gil, propietaria del inmueble sito  en calle Santa Fé Nº 130, de la ciudad de Chacabuco, el Uso del Espacio Público para la colocación de discos y pintado de cordón, destinado a la Prohibición de Estacionamiento en el frente de la mencionada propiedad.-

Artículo: Dicho espacio público quedará autorizado sin cargo para el propietario, ya que se trata de una institución de bien público que realiza una importante labor social.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

ARTICULO  4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.   

 

Expediente Nº 15.335/16.-