EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La
siguiente

 

 

O R D E N A N Z A N R O. 891/90.-

 

 

ARTICULO 1°: Apruébase
la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio
1988.————————————————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Compensase los excesos producidas en
las partidas del Presupuesto de Gastos correspondientes al Balance aprobado por
el artículo 1° con las economías realizadas en el mismo Presupuesto, de
conformidad a lo prescripto por el Art. 67° de la Ley Orgánica de LAS
Municipalidades y los Artículos 230° y 231° del Reglamento de
Contabilidad.———————————

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-