EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.343/20

ARTICULO 1º: Autorizase a “ALCEC Chacabuco”, CUIT 30-70935805-9, y en representación de la misma a su presidente Sr. Marcos Gallina, el Uso del Espacio Público Plaza San Martín, con Corte de las calles que se detallan a continuación, para la realización de una caminata, desde su inicio en Av. Alsina y calle Belgrano, continuando por calles San Martín, Reconquista, Av. Urquiza, Av. Miguel Gil, Av. Arenales, Av. Alfonsín, Av.  Garay, Av. Vieytes, Av. Solís, Av. Lamadrid, Av. Urquiza, Av. Saavedra, plaza San Martín y llegada a la intersección de Av. Alsina y calle Belgrano de la ciudad de Chacabuco, el día 9 de Febrero  de 2020, en el horario de 19:00 hs. a 23:00 hs. Motivo: Conmemoración 4 de Febrero día Mundial del Cáncer.

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, carpa, y  equipo de sonido.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas,  única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTÍCULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.

ARTICULO  6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.   

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS CINCO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

 EXPTE. Nº 17.823/20