EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7.843/19

 

ARTICULO 1º: Créase en la Órbita de la Secretaría de Servicios Públicos, la GUARDIA PERMANENTE DE SERVICIOS PUBLICOS (GPS).-

 

ARTICULO 2º: Dotar del equipamiento necesario al área, con el fin de realizar las tareas descriptas en el art. 9 de la ordenanza 6022.-

 

ARTICULO 3º: Destinar en primera instancia todas las tareas de la GUARDIA PERMANENTE DE SERVICIOS PUBLICOS (GPS), a los reclamos vinculados con el incumplimiento de la ordenanza citada.-

 

ARTICULO 4º: Instruir al área de atención de la línea 147 con el fin de centralizar y recibir las denuncias o reclamos.-

 

ARTICULO 5: Instruir a la Secretaría de Prensa Municipal, a generar la difusión de la ordenanza 6022, vinculando la misma con los reclamos que se pueden realizar en la línea 147.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

 

Expediente Nº 16.494/18.-