EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7.872/19

 

ARTÍCULO 1°: Declárese de Patrimonio Histórico Municipal, al edificio del Palacio Municipal, situado en calle Reconquista N 26 de la ciudad de Chacabuco (B), en los términos de la Ordenanza N° 2433/2000.

 

A ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

EXPTE. Nº 16.882/18