EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.322/20

ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Eduardo Borghetti, DNI:, el Uso del Espacio Público en Pasaje Dos de Mayo, entre las calles Liniers y Laprida, de la ciudad de Chacabuco, el día 14 de diciembre de 2.019, en el horario de 18:80 hs. a 2:00 hs. del día posterior. Motivo: Despedida de Fin de fin de año.

ARTÍCULO : Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

Expediente Nº 17.750/19.-