EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.508 /94.-

 

ARTICULO 1°: Apruébase el Convenio que forma parte
integrante de la presente Ordenanza, suscripto por el Departamento Ejecutivo en
adhesión al sistema de Círculo de Compra, organizado por el Ministerio de
Gobierno y Justicia y el Banco de la Pcia. de Bs. As., mediante el cual se
implementa la adquisición de maquinarias y
equipamientos.———————————————-

 

ARTICULO 2°: La cuota que se pagará, será
liquidada por el Banco, en función del precio de los elementos adquiridos y
conforme al Anexo del Convenio.——-

 

ARTICULO 3°: El Banco de la Provincia de Buenos
Aires será el encargado del pago a la empresa
adjudicataria.————————————————————–

 

ARTICULO 4°: Autorízase al D.E., a efectuar los
créditos presupuestarios de ejercicio futuros en los términos del artículo
273 de la ley orgánica municipal, debiendo efectuar las pertinentes reservas en
el monto que corresponda.——–

 

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-