El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

 

ORDENANZA 1.826/97

 

 

ARTICULO 1º : Autorizar a la Cooperativa Eléctrica
de Chacabuco Ltda. A la construcción de una línea de 33 Kv. Desde ruta 30 a
Rawson y una subestación de rebaje de 33 a 13 Kv. En la ciudad de Rawson,
conforme a los croquis agregados en el Expte. Nº 4029-0027/97, y con las
siguientes restricciones : A) Que la subestación de rebaje no se construya en
la Planta Urbana, y B) que la línea de medida tensión (33 kv.) no se instale
sobre sectores poblados.—————————————————–

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.—

 

DADO : EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES ENERO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE .-