EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

ORDENANZA 1845/97

 

 

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Escuela Nº 3 a la utilizar el espacio
público comprendido en la Av. Urquiza e/ Catamarca y Av. Lamadrid, los días
8,9,y 10 de noviembre del cte. año de 21,00hs. a 0,2 hs-.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE.-