EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

 

 

 

ORDENANZA 1846/97

 

 

 

ARTICULO 1º : Autorízase al D.E. Municipal a firmar
convenio con la Empresa Gamuzzi Gas Pampeana S.A. para la provisión de gas
natural a la localidad de O´Higgins de acuerdo a los anexos obrantes en el
Expediente 4029-0116/97 a fs. 2,3,4 y 5 y las correcciones efectuadas a fs. 7
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ARTICULO 2º: El D.E. podrá agregar en la cláusula
2da., lo siguiente "Para el supuesto que el Municipio no de cumplimiento a
la ejecución de las obras detalladas en Anexo I, del presente convenio este no
tendrá vigencia alguna, no pudiendo las partes solicitar indemnización o
reclamo por daños y perjuicios o cualquier otro
rubro.————————————————————————————————

 

ARTICULO 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE..-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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