EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.009/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Agregase a continuación del articulo
57 de la Ordenanza 1950/97 (Impositiva) el siguiente:

 

CAPITULO (….): DE LAS EXECIONES

 

De las personas jurídicas

 

ARTICULO (..)°:
Exímese del pago de la tasa de Servicios Generales Urbanos y del Derecho a los
Espectáculos Públicos, a las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, que
tengan por objeto social:

 

a) el fomento vecinalistas;

b) la protección y ayuda de la niñez, ancianidad y
discapacitados;

c) la protección de la salud pública;

d) la religión, Comprende las instituciones que profesan
cultos, que presente constancia del reconocimiento del Ministerio de que
presenten constancia del reconocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Cultos de la Nación;

e) bomberos voluntarios;

f) bibliotecas públicas;

g) la actividad política. Comprende únicamente a los
partidos políticos reconocidos por las autoridades competentes (Ministerio del
Interior y Junta Electoral);

h) la cooperación escolar, Estas instituciones deberán
estar reconocidos por Cooperación Escolar, dependiente de la Di – rección
General de Escuelas;

i) la educación. Solamente las instituciones dependientes de
la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires;

j) la enseñanza del fútbol infantil;

h) la promoción y desarrollo de actividades teatrales y
culturales.

 

ARTICULO (…)°: Las
entidades comprendidas en los incisos a), b), c), e), f), j), y h) deberán
estar reconocidas como entidades de bien público por la Municipalidad de
Chacabuco de acuerdo con lo reglamentado por el Decreto 1230/80.

 

ARTICULO (..)°: Las
excepciones establecidas en el presente capitulo procederán únicamente:

 

en la tasa de Servicios Generales Urbanos para " los
inmuebles cuyos titulares sean las entidades mencionadas en el artículo…. Y
que se encuentren efectados al objeto social de las instituciones.

En el derecho a los espectáculos públicos cuando las
entidades enumeradas en el artículo (….)° sean las organizaciones y
responsables de los espectáculos, independientemente del lugar en que se
realicen.

 

ARTICULO (..)°:
Exímase del pago de la Tasa por Servicios Varios, prevista en el inc. a) del
artículo 57°, a los Asociaciones Civiles, sin fine de lucro, reconocidas como
entidades de Bien Público por la Municipalidad de Chacabuco. Esta eximición no
alcanza la venta de suelo vegetal.

 

De las personas físicas

 

ARTICULO (..)°:
Exímase de la tasa por conexión y/o ampliación del servicio de agua
corriente, Tasa por Servicios Generales Urbanos y Derechos de Cementerio a
aquellas personas que sean consideradas de escasos recursos por el aérea
correspondiente de la Municipalidad, mediante encuesta social.

 

ARTICULO (..)°: A
efectos de la presente Ordenanza serán consideradas personas de escasos
recursos:

los jubilados y pensionados nacionales, provinciales y/o
Municipales;

trabajadores en relación de dependencia y

cuentapropista con carga familia.

Siempre y cuando los ingreso del grupo familiar conveniente
no superen la suma de dos haberes mínimo jubilatorios, establecidos por el
poder ejecutivo nacional y posean un solo inmueble utilizado como vivienda
familiar.

 

ARTICULO (..)°: Las
eximiciones establecidas en el presente Capitulo a las personas físicas serán
personales e intransferibles y caducarán con la muerte o cambio de la
situación económica del beneficiario.

 

Disposiciones comunes

 

ARTICULO (..)°: Las
exenciones y eximiciones establecidas en el presente capítulo s otorgarán
apetición del interesado y se otorgarán por ejercicio fiscal.

 

ARTICULO 2°: Procédase al reordenamiento de la
Ordenanza Impositiva N° 1950/97 con la incorporación del articulado previsto
en la presente.

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DELMES DE MARZO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-