EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.090/98.-

 

ARTICULO: 1°: Autorízase a la Asociación
Cooperadora del Jardín de Infantes N° 915, la utilización del espacio
público en calle San Lorenzo entre Quintana y Bernardo de Irigóyen, el día 4
de Octubre de 1.998 a partir de las 10:00 horas hasta las 19:00 horas
aproximadamente, para la realización de un campeonato de fútbol
femenino.——————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-