2663

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.663/2001

ARTICULO 1°: Convalídase Contrato de Prestación
Mantenimiento Alumbrado Público entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda.
y esta Municipalidad sobre servicio de mantenimiento correctivo e integral en
todas las instalaciones de la vía pública en las que se preste el servicio de
Alumbrado Público, incluidas las plazas y luces
especiales.———————–

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-