2822

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.822/01

ARTICULO 1°: Modifícase la Ordenanza Impositiva
vigente en su Capítulo 8° referido a Derechos de Oficinas Artículo 28°
inciso A) "SECRETARIAS DE GOBIERNO Y HACIENDA", en los apartados:
"Por el otorgamiento de licencias de automóviles de alquiler, nuevos o
usados" y "Por la renovación de licencias de automóviles
taxímetros"; los que quedarán redactados de la siguiente forma:

"17. Por el otorgamiento de licencias de automóviles de
alquiler

o remises, nuevos o usados……………………………………
$ 30.00"

"17.1 Por el otorgamiento de licencias para transporte
escolar….. $ 40.00"

"17.2 Si posee la licencia estipulada en el punto 17,
solo la

diferencia"

"18. Por la renovación de licencias de automóviles,
taxímetros,

transporte escolar…………………………………………………
$ 20.00"

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.—

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL UNO.-

EXPTE.NRO. 6.566/01