EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3.818/05

ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la Ordenanza
de Zonificación según Usos Nº ——————– 2322/00 a COSUMI S.R.L.
permitiéndosele el funcionamiento; previa Habilitación Municipal del Comercio en
el Rubro " Productor de Conejos", con domicilio comercial en calle Juan Domingo
Perón continuación de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-

EXPTE NRO. 8.960/05