EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3.841/05

ARTICULO 1º: Autorízase la excepción a la Ordenanza
de Zonificación según usos nro. ——————— 2322/00 al Sr.
Burghetti, Mauricio Adrián DNI 25.137.430
permitiéndosele el funcionamiento;
previa habilitación municipal, de un comercio en el rubro "Compra y Venta de
Metales"
en el inmueble ubicado en calle Ituzaingo 306 de nuestra ciudad;
que se designa Catrastalmente como: Circ. 1, Secc. F, Qta, Mza. 418 C, Parcela
14 a. PDA: 20359 del ejido de Chacabuco.-

ARTICULO 2º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
CINCO.-

EXPTE NRO. 8.449/04