EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3.933/05

VISTO:

Que en nuestra ciudad no existe calle alguna que recuerde al
inminente cardiocirujano Dr. RENE FAVALORO, reconocido
mundialmente por su técnica "by pass" Coronario para salvar de la muerte a
muchas personas; Y

CONSIDERANDO:

Que por su iniciativa tuvo creación La Fundación que lleva su
nombre: Centro Internacional de Trasplantes de Organos.-

Que su trágico fin fue precipitado por la incomprensión de
aquellos que teniendo al alcance el poder, hicieron oídos sordos al pedido de
salvataje económico de su Fundación.-

Que hombres de tal trascendencia científica y humana deben
tener el perenne reconocimiento en todos los pueblos y Chacabuco no puede ser la
excepción, habida cuenta además de la existencia de muchos vecinos que han visto
beneficiada su salud y calidad de vida con la técnica del Dr. Favaloro.

Que la calle a designarse es lindante con la Clínica del Dr.
Tomino y con la arteria que lleva el nombre de Dr. Conte Veronelli de reconocida
trayectoria como cirujano, que son ambas circunstancias aleatorias al sentido
que tiene la iniciativa proyectada.

POR ELLO RESUELVE

ARTICULO 1º: Impóngase con el nombre de DR.
RENE FAVALORO
a la calle aún sin ——————– denominación e
identificada con el Nro. 624, que nace en la Avenida Alsina y Catrastalmente
ubicada entre esta última e Italia, además entre las calles Castelli (622) y Dr.
Conte Veronelli (626). Su trayecto y prolongación es lindante con la Clínica del
Dr. Tomino.-

ARTICULO 2º: Los gastos que demanden a su
señalización correrán por cuenta de la ——————– Municipalidad.-

ARTICULO 3º: Cuando se disponga la efectiva
imposición, a través del Departamento ——————- Ejecutivo se deberán
cursar invitaciones a directivos de la Fundación Favaloro y familiares del
inminente cardiocirujano.-

 

 

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal
dispondrá la fecha del Acto de ——————— imposición.-

ARTICULO 5º: Enviar copia de la presente ordenanza
con sus Vistos y Considerándos a la ——————- FUNDACIÓN FAVALORO.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL
AÑO DOS MIL CINCO.-

EXPTE NRO. 9.190/05