EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br /> ACUERDA Y SANCIONA

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4175/06

 

ARTICULO 1º: Exímase a la entidad de bien público "ASOCIACIÓN
HOGAR PAOLO
——————– JESÚS MACHELLO",
del pago del Fondo Benéfico establecido en el articulo 8º Inc. 8.1 de la
Ordenanza Nro. 2.402/00.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.-

———————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-

 

EXPTE NRO. 9604/06