EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.244/06

 

 

ARTICULO 1º: Declárese de interés social la
escrituración del inmueble de la Nomenclatura ———————-
Catastral Circunscripción I, Sección K, Quinta 763, Parcela 3 y 4 del
ejido de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno de
la Provincia de Buenos Aires según Ley 10.830 arts. 2º y 4º Inc. C.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL SEIS.-

 

EXPTE NRO. 9.711/06