EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.343/07

 

 

ARTICULO 1º: Convalídase ACUERDO MARCO de
complementación en materia de ———————- Comercio Bilateral
con la República del Líbano y demás países del Medio Oriente, celebrado
entre esta Municipalidad de Chacabuco y el Foro Asia Medio Oriente
Latinoamérica y la Cámara de Comercio Argentino Libanesa.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
SIETE.-

 

EXPTE NRO. 9.919/07.-