EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 4.358/07

 

 

ARTICULO 1º: Adhiérase, la Municipalidad de
Chacabuco a lo normado en el Decreto ——————– Provincial Nro
1500. –

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DEL MES MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

 

EXPTE NRO. 9.946/07