EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.370/07

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase a los Artesano
Independientes de Chacabuco
al uso del espacio ———————
público de la Plaza Gral. San Martín los días 7, 8 y 9 de Julio de 2007 con
motivo de realizar una Feria Artesanal.-

 

ARTICULO 2º: Ante cualquier inconveniente o
accidente que pueda surgir en dicho ———————- espectáculos, será
responsabilidad de la parte organizadora .-

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de espacios públicos.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-

 

EXPTE NRO. 9.969/07.-