EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 4.394/07

 

ARTICULO 1º: Autorízase al SR. MANUEL JUANES documento
nro. 5.386.445 a ———————- establecer un comercio en el rubro "Supermercado"
en el inmueble que se designa catastralmente como: Circunscripción I, Sección
A, Manzana 84, Parcela 14; conforme lo expresamente dispuesto en el inc 10º
art. 5 de la ordenanza 3445/04, en virtud a la documentación obrante en el
expediente administrativo nro. 4029-1858/07.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS
MIL SIETE.-

 

EXPTE NRO. Nro. 10.015/07