EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A 4.409/07

ARTICULO 1º: Dispóngase la prohibición de
estacionamiento de vehículos en Avenida ——————— Lamadrid, acera
impar, en su intersección con la calle San Lorenzo desde el origen de la
mencionada intersección hasta los 10 metros lineales siguientes en sentido NE
(Noreste).-

 

ARTICULO 2º: Efectuar por medio de la Secretaria de
Obras y Servicios Públicos de la ——————– Municipalidad de
Chacabuco la correspondiente demarcación de la prohibición de estacionamiento
de vehículos y su señalización.-

 

ARTICULO 3º: Para efectivizar el cumplimiento de la
prohibición de estacionamiento se ———————- procederá, por medio
de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a colocar sobre la calzada
algún tipo de elemento de hormigón u otro material que pueda ser señalizado
con pintura reflectaría para su correcta visualización, y/o lomo de burro.-

ARTICULO 4º: Notificar de la sanción de la presente
Ordenanza a la Dirección de ——————– Seguridad Municipal para que
verifique su efectivo cumplimiento.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

DADO: EN LA SALA SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

EXPTE NRO. 9.984/07

AUTOR: Mario DICUNDO