EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES<br />

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A NRO. 4.739/08

MODIFICANDO Art. 2º de Ord. 4.418/07.-

ARTICULO 1º: Derógase el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 4.418/07,
modificatoria de la ——————— Ordenanza Nº 4028/06.-

ARTICULO 2º: Modifíquese con el siguiente texto:
"ARTICULO 2º:
Los Subsidios, ——————— serán de PESOS MIL ($
1.000)
cada uno y se reintegrarán en hasta veinte (20) cuotas iguales,
mensuales y consecutivas".-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
OCHO.-

EXPTE NRO. 10.591/08