EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADESY ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA;
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5381/11.

ARTICULO 1º: Autorizase a la Firma
Nazman S. A
. en relación a la Construcción de un ———————
Edificio de Vivienda Multifamiliar, en el Inmueble Designado Catastralmente
como; Circunscripción; I, Sección; A, Manzana; 62, Parcela 12, Partida 7612,
autorizando la construcción con los siguientes indicadores FOS; 0.5 FOT; 4,5 y
altura máxima: 32 m2, con Excepción a la Ordenanza de Zonificación Municipal y
en el marco de las facultades de este Cuerpo Deliberativo.

ARTICULO 2º: Dirigirse, al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE FEBRERO
DEL AÑO DOS MIL ONCE.

EXPTE. Nº 11.561/11.