EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5.855/12.

ARTICULO 1º: Establécese MANO UNICA DE CIRCULACIÓN
Y OBLIGATORIA
en

——————– las siguientes calles de la ciudad de
chacabuco:

1) Viamonte, en sentido descendente, hasta la intersección
con calle liniers

2) Duberty,en sentido ascendente, hasta su intersección con
calle Liniers

3) Rocha, en sentido descendente, hasta su intersección con
calle Liniers

4) Laprida,en sentido descendente, hasta su intersección con
calle Rocha

5) Linieres, en sentido ascendente, hasta su intersección con
calle Rocha

ARTICULO 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo
Municipal efectúe la señalización

——————– correspondiente, a través del área
respectiva, para el fin establecido en el Artículo 1º.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO : EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CHACABUCO A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE-

Expte 12.461/12