EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº 6010 /13.

 

ARTICULO 1º: Autorízase a aceptar las donaciones realizadas por el Intendente Municipal  de sus haberes mensuales, en virtud de lo establecido mediante Decretos Nros. 352/12 y 086/13.

 

ARTICULO  2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a vender el Vehiculo maca  Renault Laguna, Dominio HEB-528 con una base de $ 83.000, debiéndose  cumplimentar  previamente  el mecanismo establecido por la Ley Orgánica de las Municipal para este tipo de operaciones.

 

ARTICULO  3º: Autorizase a arbitrar los medios necesarios tendientes a la adquisición de un vehículo oficial que será afectado  a la movilidad del Departamento Ejecutivo.

 

ARTICULO  4: La diferencia que surja entre la venta  y la compra de los vehículos será cubierta por las donaciones  mensuales realizadas por el intendente  Municipal durante  el Ejercicio 2012 y 2013.

 

ARTICULO  5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS  DIECISEIS  DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE.

 

EXPTE. Nº 12.892/13.