EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  6129/13

 

Artículo 1°: Condónese la deuda que la Asociación Civil “Club Atlético Castilla”, registrado como Entidad de Bien Público bajo el Nº 011, mantiene con la Municipalidad de Chacabuco en concepto de Tasa Alumbrado, Barrido y Limpieza por los Inmueble de su Propiedad identificados con los siguientes números, 953600-0, 1010900-0, 1869300-0 y 4601300-0 y exímase el pago con relación al Ejercicio Económico 2013.-

 

Articulo 2°: Notifíquese a los peticionantes, que conforme a lo que determina la Ordenanza Fiscal e Impositiva, todos los años deberán tramitar la eximición pertinente.-

 

Articulo 3°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.

 

EXPTE. Nº 10.626/08.-

EXPTE. Nº 12.557/12.-