EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.627/15

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Sra. Liliana Teresita Gargaglione, D.N.I: 12.217.361, a utilizar,  por el término de cinco (5) años, el uso del Espacio Público para la explotación del Kiosco de Diarios y Revistas, sito en calle San Martín Nº 53 de la ciudad de Chacabuco (B), a partir de la fecha de aprobación de la presente Ordenanza Municipal.-

 

ARTÍCULO 2º: El peticionante deberá ajustarse a todo lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 2022/98, siendo el Departamento Ejecutivo quién controlará el cumplimiento de la legislación vigente para tal motivo.-

 

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal controlará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Legislación vigente, debiendo el peticionantes realizar los trámites pertinentes ante la oficina Municipal.-

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, por parte de los solicitantesal Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

 

ARTICULO 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

 

Expediente Nº 14.034/15.-