EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 7.500/18.

 

ARTICULO 1º:Adhiérase la Municipalidad de Chacabuco (B) a la Ley provincial N°14.272, por la cual se aprueba la incorporación del Sistema Braille, en Impuestos y Cartas de Menú, en la Provincia de Buenos Aires, en los casos que la propia norma determina. –ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. –

 

EXPTE. 16.251/18.