EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 7.824/18.

 

Artículo 1º: Autorizase a la Secretaría de Producción Oficina de Comercio, Pymes y Emprendedores, el Uso del Espacio Público en Plaza 5 de Agosto, y Corte de calle La Rioja entre la calle 12 de Febrero y Avenida M. Máximo Gil, de la ciudad de Chacabuco, el día 16 de diciembre de 2018, en el horario de 14:00 hs. A 00:00 hs. Motivo: Realización del “1° Concurso de Lechón al Asador”.

 

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario,   equipo de sonido, carpas, gazebos y asadores.

 

ARTÍCULO 3º:Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que surgir durante el desarrollo del evento.

 

ARTÍCULO 4º:La erogación resultante para la organización del evento (SADAIC, Seguros, etc.) será afrontada por el solicitante.

 

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-

 

ARTÍCULO 6º:Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes a la utilización de Espacio Públicos.

 

ARTÍCULO7º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

 

Expediente Nº 16.917/18.-