EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7.943/19

 

ARTICULO 1º: Convalídese la Addenda de Contrato de Locación, celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS DE CHACABUCO, referente al inmueble ubicado en calle Primera Junta 26, de la ciudad de Chacabuco (B), para funcionamiento del “Centro Ex Combatientes de Chacabuco Malvinas Argentinas”.

 

ARTICULO 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

EXPTE. Nº 17.022/19