EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.201/17

 

ARTICULO 1º: Autorizase a Iglesia Biblia Abierta, el Uso del  Espacio Público en Plaza 5 de Agosto de la ciudad de Chacabuco, el día 28 de mayo de 2.017, en el horario de 15:00 a 17:00 hs. Motivo: Evento Evangélico.-

ARTÍCULO 2º: Si las condiciones climáticas impidieran la realización del evento, la  autorización prevista en el Artículo 1º, es extensiva para el domingo subsiguiente a la fecha predicha.-

 ARTÍCULO 3º:Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros  inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

ARTICULO 5º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros,  etc.), será afrontada por el solicitante.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.- –

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- 

 

Expediente Nº 15.723/17.-